Derecho Ambiental



El derecho ambiental se refiere al conjunto de reglas que rigen los problemas y la conservación del medio ambiente sin contaminación. El derecho ambiental es una especialidad autónoma del derecho. Las reglas que lo regulan son las conductas de las personas que arremetan contra el ambiente.

Derecho Ambiental

Objetivos del Derecho Ambiental.

  • Crear reglas que afirmen el sustento del progreso ecológico, como la defensa de la variedad genética, la preservación, cuidado y la mejora del medio ambiente.
  • Establecer leyes que controlen la contaminación del agua, aire, suelo y para la prevención de la fauna y la flora, es decir, los animales y las plantas conservando el equilibrio ecológico.
  • Suministrar documentos legales para la relación de la planificación económica, tecnológica, ecológica y social del país, con la preservación de los recursos tanto naturales como culturales.
  • Generar y alcanzar acuerdos internacionales en el tema de manipulación y disposición de productos químicos y biológicos, materiales peligrosos y otros que causan problemas a la capa de ozono.
  • Ofrecer nuevos escenarios de conducta en las personas, conjunto sociales, de acuerdo al contexto jurídico ambiental.
  • Fortalecer las reglas para el buen uso y el mercado de plaguicidas, biocidas y fertilizantes que originan problemas al medio ambiente.
  • Certificar la firma de los acuerdos con los países fronterizos cuando tiene que ver con los recursos naturales intercambiados.
  • Conservar y formar los elementos para proteger las áreas bajo régimen de administración especial.
  • Constituir sobre la venta y liberación de especies originales, para controlar la caza, deforestación, quema, pesca y otras acciones ejecutoras de abusos contra la naturaleza.
  • Establecer y desempeñar las obligaciones a las obras que alteran al ambiente de los análisis del impacto ambiental.
  • Régimen para la liberación, fabricación y el incremento de la comunicación, informática, electrónica e ingeniería nuclear para afirmar su utilización razonado.
  • Asegurar que se conciencia, sensibiliza y se difunde en los programas educativos se basen en las leyes.

Principios del Derecho Ambiental.

  • Igualdad: el ser humano tiene derecho esencial a la libertad, igualdad y disfrute de las situaciones de vida ajustadas a un medio de calidad que proporcione llevar una vida honrada y con bienestar pero obligados de conservar y proteger el medio ambiente para el presente y el futuro de las generaciones.
  • Sustentabilidad: los recursos naturales del planetas, tales como el agua, el aire, la fauna y la flora, deben conservarse para el provecho de las generaciones, por medio del cuidado planificado y ordenado.
  • El que contamina paga: el Estado debe colaborar con el continuo desarrollo del derecho internacional refiriéndose a la responsabilidad y compensación a las víctimas de la contaminación.
  • Accionabilidad y legitimación procesal: todo ser humano con conocimientos en las leyes nacionales, tienen la oportunidad de opinar sobre su medio ambiente y cuando se encuentre con daños podrá obtener los recursos de compensación por parte del Estado.
  • Restaurabilidad y recomposición del ambiente: debe conservar, restaurar y mejorar la capacidad de la tierra para promover recursos vitales renovables.
  • Extraterritorialidad: los países deben comprometerse con la conservación y preservación del medio tomando en cuenta la situación y necesidades que puedan tener los otros países y poder prestar la ayuda necesaria para el medio ambiente.
  • Proceso educativo y responsabilidad social: es necesario un trabajo de educación ambiental tanto para los jóvenes como para los adultos para generar conductas con responsabilidad de proteger al medio.

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