Flagrancia

Flagrancia

Un delito denominado flagrante en el ámbito del Derecho penal, se trata de la forma por medio del cual se hace referencia de un delito que se está llevando a cabo en ese preciso momento. La diferencia es por tanto un tema de oportunidad y tiempo, debido a que se refiere al instante en el cual el delito se está ejecutando.

El término de flagrante tiene una relación estrechamente con la inmediatez del delito. La razón de que un delito sea o no flagrante tiene significado en dos contextos del derecho:

Por una parte, cuando se apresa a un delincuente in flagranti delicto o in fraganti, la autoridad ha podido demostrar en persona cómo se estaba realizando, por lo que es mucho más sencillo comprobar en un procedimiento penal la infracción del acusado.

Seguidamente, en Derecho existen algunas excepciones para aquellos hechos en los que una persona se halla in flagrante delicto. A veces, se necesita llevar a cabo un conjunto de ordenamientos procesales al momento de realizar algunas acciones policiales, en hechos de delito flagrante dichos ordenamientos pueden exceptuarse, con el objetivo de evitar que el delito se ejecute. Por ejemplo, estas excepciones son:

En varios países es obligatoria la autorización judicial para entrar en una vivienda ajena, para resguardar el derecho a la intimidad. Esta permisión muchas veces posee la excepción de que existan dudas fundadas de que en ese instante se esté ejecutando un delito.

Existen algunos cargos públicos llamados aforados, que solicitan de requisitos previos para poder ser apresados (requerimiento rogatorio al Congreso, por ejemplo). Además, está la excepción de que se esté ocasionando un delito flagrante, en cuyo hecho la persona puede ser detenida directamente.

La flagrancia debe comprenderse como una forma de seguridad procesal provenida de la presencia de una o diferentes personas en el instante en que se ejecuta un delito.

Existen Tres Tipos de Flagrancia

  • Cuando un sujeto es sorprendido y capturado al momento de ejecutar el delito.
  • Cuando es capturado luego de una persecución o voces de ayuda de testigos del hecho.
  • Cuando el sujeto es sorprendido y capturado con objetos o instrumentos que lo vinculen con la ejecución de un delito.

En los acontecimientos de flagrancia tanto la jurisdicción competente como cualquier individuo puede capturar a quien acaba de realizar un delito o se halla en ciertas de las situaciones nombradas anteriormente, con el deber de colocar de inmediato al apresado a órdenes de la pertinente autoridad local.

Como obligaciones de la flagrancia se necesitan: la actualidad esto es la presencia del sujeto en el cometimiento del hecho delictivo como además el reconocimiento o individualización del autor del hecho. Históricamente, la flagrancia no es un hecho nuevo, sino que forma parte del caducado en el desarrollo de los seres humanos y como tal ha sido abordado de diferentes formas y con diversos tratamientos, por medio de su surgimiento en la comisión de los delitos.

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