El hábeas corpus es una entidad jurídica que hostiga “impedir los empujes y retrasos injustos” afirmando los derechos primordiales de la martirizado, ciertos de ellos tan básicos como son encontrase vivo y sensato, ser oído por la Justicia y llegar saber de qué se le culpa. Para ello está el compromiso de mostrar a todo estancado en un lapso provisorio establecido ante el juez de la erudición, quien lograría organizar la libertad contigua del detenido si no hallara los porqués necesarios para un arresto.
Esta expresión es originada del latín habeas corpus que significa (que posee tu cuerpo para mostrar), “poseerás tu cuerpo independiente. Asimismo se puede expresar que la defensa los derechos primordiales resultados de la vida y la independencia frente a cualquier actividad u desatención de cualquier imperio, oficinista o individuo que logra quebrantar dichos derechos”.
Antecedentes del Hábeas Corpus
Antecedentes del hábeas corpus provienen desde la antigüedad, cuando un individuo era privativo de su libertad sin excusa alguna.
Principio y Propósito de esta Entidad
No obstante el hábeas corpus como actividad o enmienda en la manera y progreso con que está en la actualidad como entidad no estuvo en Roma, los vocablos latinas con que se le define que su comienzo desciende del Derecho Romano. En el tiempo de los Pretores y llamados “Interdicto” ya era elegido en las compilaciones con el título de Homine Libero Exhibiendo y los investigadores de dicho cuerpo nomológico romano trasladaban una opinión del jurisconsulto Ulpiano, que expresaba:
- Esta rectificación se ha establecido para resguardar la libertad particular con el propósito de que ningún individuo libre nativo estuviere detenido.
- El vocablo de individuo libre incluía a cualquier niño o adulto, hombre o mujer, sea uno o sean diferentes individuos, que estaban sui iuris, inducir de aquí que este compensación era para restituir la situación de individuo libre a aquella a quien se hubiese pretendido transformarse en un esclavo sin razones legales, es decir, que con esta privación ya se reintegraba la libertad a aquellos a quienes se les quitaba de ella con una sumisión ilegal.
Su Admisión en Inglaterra
El primer documento que funda la insuficiencia de demostrar la aprehensión de un súbdito según las limitaciones siguientes: a través de un desarrollo público, inspeccionado y solo por carácter del Monarca fue por medio de la Carta Magna, llamada como magna carta Libertatum, confeccionada luego de rígidas y enredadas reuniones realizadas en Runnymede entre ilustres bucaneros y la grandiosidad inglesa. Luego de muchos combates y disputas, entre los ilustres de la época, la Carta Magna fue posteriormente penada por el rey Juan I, el 15 de junio del año 1215, en Londres.
Su Adopción en España
Surge en el derecho histórico español como el nombrado «medio de declaración de los individuos» del Reino de Aragón ubicado en el Fuero de Aragón del año 1428 y en los informes que sobre supuestos conjeturados de detenciones ilícitos se contienen en el Fuero de Vizcaya del año 1527.
Bien Jurídico de Protección
El hábeas corpus, en el derecho contrastado, la protección dos derechos elementales: la libertad individual referente a su libertad de desplazamiento y por lo tanto, a no ser propósito de detenciones injustas y el derecho a la honradez personal, a no ser propósito de perjuicios en su persona, como por ejemplo lesiones, martirio o muerte.