Nacionalidad

Nacionalidad

El término nacionalidad proviene del latín nascere, hace referencia a la región de la cual una persona es oriunda. Es una cualidad jurídica, social, cultural, política y espacial que vincula a un individuo con el país al que pertenece y se expresa como la relación entre un sujeto de derecho con un Estado, que obliga al mismo a quedar sujeto a su ordenamiento, recibiendo a la vez su protección; concediendo derechos e imponiendo responsabilidades, justamente por tener la nacionalidad y casualmente también la ciudadanía.

El concepto de nacionalidad se relaciona con la condición del origen geográfico exclusivo que posee un individuo; es decir, cuando se habla de nacionalidad se está mencionando al País, Nación o Estado en el cual nació dicho individuo y en el que fue registrado legalmente como ciudadano de allí. En este sentido, se denomina nacionalidad originaria a la que se obtiene al nacer, entre tanto, cada sistema jurídico considera dos aspectos para establecerla: el ius sanguinis o derecho consaguíneo, que respeta el criterio de que una persona adquiere la nacionalidad de su padre o de su madre y el ius soli o derecho de patria, el cual señala que al individuo le pertenece la nacionalidad del territorio en que nació.

Desde otro punto, un país puede considerar a una persona “apátrida”, o sea, le arrebata su nacionalidad. Este caso se da, si el gobierno prueba ante la (CIDH) que la persona quebrantó las leyes dispuestas dentro de la de la Constitución nación correspondiente; dicha palabra también se usa, cuando una persona no admite a otra como integrante de un país. Por ejemplo, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela determina lo siguiente: La nacionalidad es un derecho inapelable y además el vínculo es legítimo hasta tres generaciones, es decir se es venezolano hasta el día en que se fallece.

Pertenecer a una nación es formar parte de una comunidad social, mediante lazos culturales. Hoy en día, propiamente a partir del siglo XIX, en general los países coinciden con la identidad, por lo cual con el nacimiento en determinado territorio se debe obtener la nacionalidad de ese país, que puede cambiarse si el individuo decide establecerse en otro Estado, con la finalidad de permanecer allí por tiempo indefinido y obtener expresamente la nacionalidad.

Las personas pueden adquirir a través de distintos trámites las nacionalidades de otros países en los cuales no han nacido, pero también por medio de algún antepasado directo que los capacita para solicitar la nacionalidad de otro país. Por otra parte, una persona que no ha nacido en un país específico podrá obtener la ciudadanía, si se casa con alguien que sea originario de la región, teniendo presente que el enlace que une a las personas con una determinada nación, es un vínculo de derecho y que quienes obtienen la ciudadanía a través de las vías antes mencionadas, son reconocidos como ciudadanos comunes y disponen tanto de derechos como de obligaciones.

Lo principios fundamentales de toda nacionalidad expresan que: toda persona debe poseer una nacionalidad desde el momento en que nace y que además todo individuo puede adquirir otra nacionalidad, siempre que el Estado al cual aspira lo admita.

De donde nacen las dos clases de nacionalidades que existen y son:

  • La nacionalidad originaria, es aquella que procede del hecho mismo del nacimiento del individuo dentro de un Estado específico.
  • La nacionalidad obtenida, que proviene del cambio espontáneo de nacionalidad.

La nacionalidad es regulada en parte, por la constitución de cada país, que son los encargados de fijar los límites de dicha nacionalidad, todo esto sin infringir las leyes internacionales ya establecidas. En el caso de una persona extranjera que desea tramitar u obtener la nacionalidad de un país, ésta debe regirse por las leyes constitucionales de la nación y además pasar cualquier prueba que la misma establezca, ya que cualquier país está en su derecho de decidir si una persona merece o no la nacionalidad.

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