El juicio de nulidad es un medio a través del cual se defienden personas, ya sea de forma moral o física en contra de las resoluciones o actos de los organismos y de las dependencias descentralizadas de la Administración Pública, en los tres niveles que posee de poder, siendo Estadal, Federal o Municipal.
Este tipo de juicio se efectúa en contra de actos de carácter administrativo que se designan de los procesos administrativos. En caso de no existir una imposición por el agotamiento de los recursos administrativo y contra resoluciones específicas que se designan de dichos recursos.
Qué es un juicio de nulidad
Se conoce como el medio de defensa que posibilita el hacer valer a un individuo de la sociedad en contra de las acciones o resoluciones que dictan los organismos y dependencias descentralizadas de la oficina de Administración Pública Federal que le ocasione algún tipo de inconveniente a su grupo jurídico.
Esto se presenta ya sea por violación del ordenamiento jurídico que se aplica o por ausencia de aplicación en la disposición solicitada.
Etapas de un juicio de nulidad
- La demanda: Es presentada por un demandante a través de un juicio realizado mediante la vía tradicional, como lo es escrito y presentado ante la sala regional encargada o bien, puede efectuarse en línea mediante el Sistema de Justicia online.
- La contestación: Una vez que sea admitida la demanda ejecutada se hará llegar la acción al demandado, el cual deberá dar una respuesta en un lapso de 30 días después de haber recibido la notificación.
- Medidas cautelares: Después de que comience el juicio contencioso-administrativo, el Magistrado Instructor podrá hacer el decreto de suspender la realización del acto impugnado con el fin de poder conservar la circunstancia de hecho encontrada en el estado en el cual se ubica.
Así como también todas las medidas cautelares de carácter positivo que se ameriten para poder evitar que el juicio presente ausencia de materia o se ocasione un problema irreparable al individuo.
- Incidentes: Dentro del juicio contencioso-administrativo federal de procedimientos solo serán de especial y previo alzamiento;
- La aglomeración de juicios.
- La ineptitud por materia.
- La anulación de notificación.
- La desestimación ocasionada por inconvenientes.
- La restitución de autos.
- La suspensión por ocasión de muerte, declaratoria de falta o por incapacidad y disolución.
- Pruebas: En los juicios tramitados frente al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el individuo deberá hacer probar las circunstancias con pruebas documentales firmadas por el demandante.
- Cierre de la instrucción: Después de 5 días que el magistrado haya concluido el proceso y que no se presente ninguna circunstancia pendiente que impugne una resolución, se le hará la notificación a las partes, las cuales poseen un lapso de tiempo de cinco días para determinar alegatos de lo que se ha probado de manera escrita.
- Sentencia: Es presentada a través de unanimidad o por la cantidad de votos efectuados por parte de los Magistrados que integran la sala.
- Cumplimiento de la sentencia: Todas las autoridades vinculadas al juicio tienen la obligación de cumplir con las sentencias dictadas por el Tribunal.
Características de un juicio de nulidad
- Se centra en la resolución de controversias originadas entre individuos y alguna autoridad administrativa o autoridades fiscales.
- Se inicia en conformidad con el artículo 3 de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, cuando a un individuo se le notifica a su domicilio fiscal un documento que acredite acerca de la resolución administrativa.
- Se realiza un interrogatorio para el desahogo de la prueba que se presenta ante el Tribunal.
Preguntas Frecuentes sobre Juicio de Nulidad
¿Cuál es el juicio de nulidad?
¿A quién demandar en un juicio de nulidad de matrimonio?
La solicitud del juicio de nulidad de matrimonio puede ser efectuada por los cónyuges o cualquier persona que posea algún tipo de interés de manera directa con el hecho. Leer más